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    Fallo europeo contra Meta, a favor de los medios periodísticos

    Los medios periodísticos tienen derecho a una “remuneración equitativa” cuando las corporaciones digitales usan sus contenidos en sus redes y plataformas, según un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se pronunció en un litigio abierto por Meta contra una resolución de la Autoridad Garante de las Comunicaciones Italianas.

    La decisión ya es firme y tiene condición vinculante para todos los países que integran la Unión Europea. El fallo, celebrado por el Consejo Europeo de Editores, concierne a un recurso que Meta, la corporación bajo el mando de Mark Zuckerberg, presentó contra la postura de la institución reguladora italiana.

    En el recurso la compañía, que controla Facebook, Instagram y WhatsApp, entre otras plataformas e instrumentos, consideró que los criterios de la Autoridad Garante de las Comunicaciones Italianas son contrarios al “marco europeo en materia de derechos de las editoriales en el mercado único digital”.

    UN CONFLICTO EN PLENO DESARROLLO

    El conflicto en Italia se inscribe en un contexto en que numerosos medios emprendieron acciones en defensa de sus derechos de autor, por el hecho de que las empresas digitales, especialmente a través de sus dispositivos de inteligencia artificial, se apropian de sus contenidos para responder a los requerimientos de sus clientes.

    La mayoría de las veces lo hacen sin siquiera citar la fuente, es decir el medio de comunicación autor del material que usan.

    Este tema está en debate prácticamente en todo el mundo. En América Latina, por ejemplo, se discute en Chile un proyecto de ley del gobierno ultraderechista que encabeza José Antonio Kast que exime a las empresas que explotan el negocio de la inteligencia artificial prácticamente de todo reconocimiento de derechos de autor.

    Contra esta iniciativa se pronunciaron las cámaras de medios de comunicación, es decir los empresarios, y la Asociación Nacional de Prensa.

    Al rechazar el recurso de Meta, el Tribunal europeo sostuvo que “un derecho a una remuneración equitativa de las editoriales es compatible con el Derecho de la Unión”, aunque aclaró que así debe considerarse “siempre y cuando esta remuneración constituya la contrapartida de la autorización para utilizar en línea sus publicaciones”.

    “Las editoriales deben poder denegar esta autorización o concederla a título gratuito. Por otro lado, no puede exigirse ningún pago a los prestadores que no utilicen estas publicaciones”, agregó.

    Este aspecto del pronunciamiento tribunalicio es también complejo, porque en la mayor parte de los casos las corporaciones tecnológicas usan los contenidos de los medios no sólo sin pagar derechos de autor, sino sin siquiera pedir permiso.

    CAÍDA DE LOS INGRESOS DE LOS MEDIOS

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tomó en cuenta también el descenso de los ingresos de los medios periodísticos, por la citada apropiación de contenidos y a la vez por cambios de tendencias en las prácticas de las audiencias.

    En efecto, estudios en varios países y a escala internacionales dan cuenta del crecimiento continuado de los usuarios que indagan sobre las noticias con requerimientos a la inteligencia artificial, en lugar de ingresar a las versiones digitales de los medios, en accesos directos o después de pasar por un buscador.

    Esta situación, en la descripción del tribunal, causa “una drástica caída de los ingresos de las editoriales y amenaza su modelo económico y su función esencial en las sociedades democráticas”.

    Acerca de los derechos de autor en el ámbito digital, el fallo cita las directivas europeas al respecto, que tienen la finalidad de “conferir a las editoriales derechos exclusivos de reproducción y de puesta a disposición del público de sus publicaciones de prensa, si bien deja a los Estados miembros un margen de apreciación para garantizar su aplicación”.

    La sentencia, expresó el Consejo Europeo de Editores, “reconoce la realidad económica de que los editores no pueden negociar en igualdad de condiciones con las plataformas digitales dominantes sin transparencia, acceso a datos relevantes y salvaguardias contra prácticas coercitivas”.

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